El aporte de la ley colombiana en el reciclaje de empaques

Si bien es cierto el estado colombiano, ha venido reglamentando, este es el caso de la Resolución 1407 de julio de 2018, donde se reglamentan los residuos de envases y empaques, pero también establece a los productores la obligación de:

  • Formular
  • Implementar
  • Actualizar el Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques

Estos planes se deben elaborar de manera individual o colectiva–, bajo el concepto de “responsabilidad extendida del productor”, y el cual debe presentarse ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), con un plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2020, ya que a partir del 2021 se debe ejecutar y en el 2022 deben empezar a realizarse informes anuales de avance.

¿Qué reglamenta la responsabilidad extendida del productor?

“La resolución reglamenta el uso y posconsumo de envases y empaques, y le da una responsabilidad a los productores para que hagan la gestión de esos residuos y tener puntos limpios de recolección para hacer el aprovechamiento posteriormente. Esto va a generar que cerca de 800 empresas estén vinculadas a este programa posconsumo y va a tener un enorme impacto en el aumento de los niveles de reciclaje en el país”, explicó el entonces ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Luis Gilberto Murillo, mediante un comunicado de prensa en la fecha de emisión de la resolución.

Sostenibilidad de empaques

Esta resolución del Ministerio tiene como objetivo contribuir a la sostenibilidad en la industria de empaques, por medio de prácticas que deriven en el cuidado del medio ambiente, como lo son la reutilización de residuos generados en la fabricación de envases y empaques de diferentes materiales, entre ellos el plástico.

Adicionalmente, esa responsabilidad extendida al productor busca que no solo el consumidor final sea quien recicle o haga la separación correcta de residuos, sino que ahora esa responsabilidad debe ser asumida por todos los actores de la cadena de valor o fabricación de dichos productos, en cada una de sus etapas.

Esto implica que tanto productores de materias primas, convertidores, fabricantes de empaques y etiquetas, así como comerciantes de productos y consumidores finales están en la obligación de realizar prácticas que faciliten y reincorporen los desechos aprovechables a nuevos ciclos de producción, con el fin de que estos residuos no lleguen a vertederos, sino que tenga una nueva vida útil.

Responsabilidad el fabricante

Así, “los productores deberán reincorporar en el ciclo productivo una cifra mínima del 30 % de estos residuos, con respecto a la cantidad total en peso de los envases y empaques puestos en el mercado”, cita el Ministerio en comunicado.

Cabe resaltar que la resolución excluye los envases y empaques que correspondan a residuos peligrosos, de madera y fibras textiles o naturales, diferentes a papel y cartón, así como aquellos empaques primarios de fármacos y medicamentos.

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